LAS OBLIGACIONES SEGÚN LA TEORÍA GENERAL
Según la Teoría
General las Obligaciones son el conjunto de principios de derechos personales estos derechos nacen
antes que el derecho personal ya que no solo está compuesto por derechos si no
que también por reglas que nos sirven para determinar la exigencia a la persona
en virtud de una obligación, se ha dicho que la obligación “Es un vinculo
jurídico entre dos o más personas determinadas que coloca a una de ellas en la
necesidad de dar, hacer o no hacer una cosa respecto de otra, nos es de suma
importancia las Obligaciones por qué: En nuestro vivir diario las relaciones
entre las personas se ha vuelto en desacuerdos continuos, se basan mejor en lo
jurídico donde se usan las obligaciones para hacer cumplir lo estipulado en un
contrato y las reglas que estudia son de aplicación general en Derecho
Comercial, Derecho Tributario y La mayor parte de las reglas de los contratos son
aplicación de los principios del Código Civil.
Una de las
características importante del Derecho de las Obligaciones es: La obligatoriedad
y exigibilidad, significa que se puede hacer cumplir, cuando el deudor no
cumpla con sus obligaciones de manera voluntaria de esta manera se vuelve
exigible la obligación, representan un interés de carácter privado y exclusivo
de cada persona y puede ser transitorio o temporal, el deudor debe contraer su
obligación dentro de un plazo ya establecido.
Fuentes de
las Obligaciones: Se entiende por fuente de las obligaciones, “Los hechos o
actos de donde las obligaciones surgen”, se puede decir que la fuente es el
antecedente inmediato o próximo al
nacimiento de la obligación.
§ Los Contratos.
§ Los Cuasicontratos.
§ Los Delitos.
§ Los Cuasidelitos.
§ La Ley.
CONTRATO: Es un acto jurídico, que por lo tanto debe ser humano, lícito,
consciente o voluntario entre las partes y respecto a una cosa
determinada, Así mismo generando
obligaciones entre las mismas y para llevar a cabo la realización de un
contrato debe tener ciertos elementos que son importantes:
-Conocimiento de los contratantes: Las dos
partes en convenio deben tener pleno conocimiento de todas sus obligaciones y
derechos, los cuales deben ser previamente acordados.
- Objeto cierto que sea materia del
contrato: Para llevar a cabo un contrato debe existir algo para que se efectúe
el contrato, por ejemplo, una casa de habitación o establecimiento comercial,
terreno, carro entre otros.
-Causa de la obligación que se establezca:
El por qué se lleva a cabo el contrato, por ejemplo: para la compra de un bien
ya sea mueble o inmueble, para arrendamiento de una casa de habitación.
Un Ejemplo:
Seria la compra y la venta, este contrato es muy común ya que hay un deudor-
Juan y un acreedor- Tigopop, Juan va a compra un celular en Tigopop y solicita
un celular a pagar en varios pagos el encargado de Tigopop revisa si llena
todos los requisitos para adquirir el celular y firmar un contrato, Juan cumple
con todos los requisitos, en este contrato se le establecen normar de pago y
durante cuánto tiempo lo pagara y cuando terminara el contrato, el acepta las
condiciones y firma desde ahí hay un contrato obligatorio de Tigopop de
entregarle el celular y Juan de pagar el celular hasta que termine el tiempo
estipulado en el contrato.
LOS CUASI-CONTRATOS: Casi reúne los elementos característicos de
un contrato perfecto, consiste en la aceptación de un hecho voluntario de la
persona que se obliga, lícito y de carácter no convencional que produce
obligaciones.
Un Ejemplo: Comunidad
de bienes, La comunidad de una cosa universal entre dos o más personas, sin que
ninguna de ellas haya contratado sociedad, o celebrado otra convención relativa
a la misma cosa, Ana y sus que son cuatro compañeras de trabajo se han asociado
a una cuenta bancaria donde cada mes de pago ellas aportaran un 10 por ciento
de su salario a la cuenta en Banco AzteHonduras, realizando un convenio que
este será por 4 años y solo se podrá retirar todo y repartirse por partes
iguales dentro de cuatro años.
LA LEY: Son obligaciones en
virtud de que establece los casos en que un sujeto se obliga precisamente por
disposición de la misma, por ejemplo, las obligaciones alimenticias que nacen
por el simple parentesco están prescritas en la ley civil, Jorge es padre del
menor José tiene 6 meses de nacido y él se separa de la mama y la mama queda
con la patria potestad del menor y la ley le exige a Jorge pagar cierto
porcentaje de dinero para los alimentos del menor.
LOS DELITOS: Son toda acción u omisión contraria
a lo que manda la ley, por que se implica en las obligaciones por que los
hechos o actos que se producen por una persona en una responsabilidad civil
donde la victima puede exigir como reparación del daño sufrido, no sólo al responsable directo del delito sino inclusive a
un tercero.
Un Ejemplo:
Seria el Robo, Laura es empleado de tienda Keys y cuando se le contrata se le
indica una clausula donde no deberá robar nada de la tienda y de robar procederá
su despido y deberá indemnizar el doble de lo robado, Laura acepta pero se roba
una caja de zapatos, esto sería un robo de la tienda y procede el despido.
LOS CUASI-DELITOS: Es un hecho ilícito que, cometido sin
mala intención causa perjuicio, por lo que necesariamente genera la obligación
de repararlo con cargo al que lo ha cometido.
Ejemplo: El
dueño de animales peligrosos que por negligencia no tienen al animal con las medidas
necesarias de seguridad, Carlos tiene en su casa un tigre el cual lo mantiene en
una jaula pero por deterioro de la jaula lo saca y lo amarra en un palo y lo
deja ahí al tigre el tigre se muerde el lazo hasta soltarse y se escapa causándole
lesiones a la señora Ana, por descuido de Carlos comete un delito y él es el único
responsable.